Solicita tu devolución
Te permite recuperar las cantidades a tu favor de ISR, IVA, IEPS, entre otras.
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se tenga la obligación de presentar la declaración correspondiente, o se haya realizado el pago de lo indebido.
Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículo 22.
Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 3.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 12 y 13.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.3.2., 2.3.3., 2.3.4., 2.3.5., 2.3.6., 2.3.7., 2.3.8., 2.3.13., 2.3.14., 4.1.5., 4.1.6, 4.1.7., 4.1.8. y 4.1.10.
Convenios de reciprocidad.
Convenios de cooperación técnica.
Convenios para evitar la doble tributación.
Por favor, asegúrate de que tu producto existe y es válido para este curso